5.0 Consultores Estratégicos quiere informarle del programa de ayudas
del IVACE destinadas a fomentar la contratación de jóvenes a través de la celebración de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional de especialización e incorporación en el departamento internacional de la empresa.
Las subvenciones están dirigidas a pymes, y a las asociaciones y federaciones sectoriales que entre sus objetivos se encuentre el apoyo a la internacionalización de sus miembros, con sede social en la Comunitat Valenciana.
Para poder cumplir con el requisito de empresa beneficiaria, el proyecto de las pymes será la internacionalización de productos o servicios propios.
Características de la ayuda
- La ayuda se otorgará por los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de especialización en el departamento internacional de la empresa, celebrados entre el 1 de enero de 2024 y el 18 de octubre de 2024.
- La persona joven a contratar deberá:
- Haber nacido en la Comunitat Valenciana o ser nacional de estado miembro de la UE residente en la Comunitat Valenciana.
- Ser mayor de 18 años y menor de 30 años.
- Estar la posesión de un grado universitario o un ciclo formativo de grado medio o superior de la familia de: comercio, marketing, administración y gestión, comunicación o sistemas.
- No haber transcurrido más de tres años desde la finalización de los correspondientes estudios, o de cinco años si presentara diversidad. En el caso de personas que hayan realizado sus estudios en el extranjero, dicho cómputo se efectuará desde la fecha del reconocimiento u homologación del título en España.
- Tener conocimiento del idioma inglés u otros idiomas extranjeros que sean de utilidad para el plan de internacionalización de la empresa.
- El contrato debe ser por un total de 12 meses a tiempo completo.
- La formación práctica se desarrollará en cualquiera de los departamentos cuya actividad vaya dirigida a la gestión de la internacionalización de la empresa.
- Las personas contratadas, participantes finales de las acciones, deberán cumplir los requisitos que exige la modalidad del contrato de trabajo formativo para la obtención de la práctica profesional.
- La formación práctica se desarrollará en cualquiera de los departamentos cuya actividad vaya dirigida a la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional o en los departamentos relacionados con la actividad internacional de las asociaciones y federaciones sectoriales de la Comunitat Valenciana.
- La formación teórica se realizará mediante cursos que completen la formación especializada en internacionalización.
Tipo de incentivo
La ayuda podrá alcanzar hasta el 100% de los costes salariales del contrato formativo, incluyendo la cotización de la Seguridad Social. El importe del contrato deberá ascender a un mínimo de 18.000€ brutos anuales (incluye Seguridad Social e IRPF) con un máximo subvencionable de 25.000€.
Podrán ser subvencionables hasta dos contratos por empresa.
Obligaciones de los empleadoers
El importe de la subvención será de 11.970€
En el caso de mujer o personas con diversidad funcional sería de 13.300€
En caso de víctima de violencia de genero sobre la mujer o diversidad funcional severa sería de 26.600€
Obligaciones de los empleadores
- Estar al corriente de sus obligaciones de pago de cuotas e impuestos con la seguridad social y con las demás Administraciones Públicas.
- La empresa debe presentar una memoria del proyecto en la cual se informe de manera detallada en plan de internacionalización y el programa formativo.
- Cumplir con las obligaciones de publicidad y transparencia establecidas en la legislación básica, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana y del artículo 18 de la Ley general de subvenciones.
- La persona trabajadora debe haber figurado de alta de manera ininterrumpida (mediante uno o sucesivos contratos) en la entidad empleadora durante al menos los 30 días previos a la conversión.
- A los efectos de difusión pública, al estar las ayudas cofinanciadas por le Fondo social europeo, la persona o entidad beneficiaria estará sujeta a las normas de información y publicidad que establece el Reglamento UE
Exclusiones
- Las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las sociedades civiles, las Comunitates de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
- Las pymes que desarrollen actividades encuadradas en las secciones K y L de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE 102, 28 del 04 de 2007), ni aquellas dedicadas a o cuya actividad consista en los sectores de la pesca y la acuicultura.
Plazo de solicitud
El plazo de solicitud de esta ayuda es desde el 24 de septiembre de 2024 hasta el 18 de octubre de 2024.
Más información con nuestro Departamento de Subvenciones.
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