{"id":3231,"date":"2018-12-10T10:21:46","date_gmt":"2018-12-10T10:21:46","guid":{"rendered":"https:\/\/50consultores.com\/?p=3231"},"modified":"2023-03-07T11:06:59","modified_gmt":"2023-03-07T11:06:59","slug":"pedir-devolucion-irpf-paternidad-maternidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/50consultores.com\/blog\/2018\/12\/10\/pedir-devolucion-irpf-paternidad-maternidad\/","title":{"rendered":"Ya puedes pedir la devoluci\u00f3n del IRPF por paternidad o maternidad"},"content":{"rendered":"<p>Desde el pasado lunes 3 de diciembre, ya puedes reclamar la<strong> devoluci\u00f3n del IRPF por la prestaci\u00f3n de paternidad o maternidad<\/strong> que hayas pagado en los \u00faltimos cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p>En el siguiente post te vamos a dar todas las <strong>indicaciones para descargar directamente en tu ordenador o m\u00f3vil la circular y presentarla<\/strong> presencialmente en Hacienda o v\u00eda telem\u00e1tica.<\/p>\n<p>El formulario con el cual podr\u00e1s solicitar el reintegro de estas cantidades<strong> ya est\u00e1 disponible en el portal web de la Agencia Tributaria.<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.agenciatributaria.es\/AEAT.internet\/Inicio\/La_Agencia_Tributaria\/Campanas\/_Campanas_\/Prestacion_maternidad\/_TRAMITACION\/Otros_tramites\/Otros_tramites.shtml\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Descarga el documento<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.agenciatributaria.es\/AEAT.internet\/Inicio\/La_Agencia_Tributaria\/Campanas\/_Campanas_\/Prestacion_maternidad\/Prestacion_maternidad.shtml\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Accede a distintas alternativas para cumplimentarlo\u00a0online<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Seg\u00fan fuentes del Ministerio, la previsi\u00f3n apunta a que <strong>se habr\u00e1n abonado todas las cantidades a los beneficiarios en abril de 2019.<\/strong><\/p>\n<p>Despu\u00e9s de que se declararan <strong>las prestaciones por maternidad exentas de IRPF<\/strong> en una sentencia del Tribunal Supremo efectuada el pasado mes de octubre, Hacienda anuncia esta nueva medida que viene a zanjar un debate que llevaba ya varios meses sobre la mesa.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Gobierno quiso ir un poco m\u00e1s all\u00e1 y afirm\u00f3 que tambi\u00e9n las prestaciones por paternidad se beneficiar\u00edan de la exenci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>C\u00f3mo pedir la devoluci\u00f3n del IRPF por paternidad o maternidad<\/strong><\/h2>\n<p>La persona perceptora de la prestaci\u00f3n solo tiene que indicar la fecha en la que la percibi\u00f3 y un n\u00famero de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonar\u00e1 la devoluci\u00f3n que proceda, en el formulario dise\u00f1ado por la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n <strong>se puede presentar en cualquier oficina de Hacienda o tambi\u00e9n por Internet<\/strong> y no hace falta adjuntar ning\u00fan tipo de certificado de la Seguridad Social que acredite las prestaciones recibidas, ya que la Agencia Tributaria recaba directamente de la Seguridad Social toda la informaci\u00f3n para la resoluci\u00f3n del procedimiento.<\/p>\n<p>El formulario se puede descargar a trav\u00e9s del sistema REN\u00d8 \u2014con el n\u00famero de referencia de la \u00faltima declaraci\u00f3n de la renta\u2014, con el sistema cl@vePIN o a trav\u00e9s del certificado electr\u00f3nico, y que<strong> la devoluci\u00f3n tendr\u00e1 lugar a trav\u00e9s de dos fases:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Las madres y padres de los hijos <strong>nacidos en 2014 y 2015<\/strong> ya pueden pedir el reembolso.<\/li>\n<li>Quienes hayan tenido un ni\u00f1o <strong>en 2016 y 2017<\/strong> deber\u00e1n esperar hasta enero para solicitar la devoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La intenci\u00f3n es que los primeros casos se resuelvan durante el mismo mes de diciembre y los segundos en enero, aunque no est\u00e1 claro cuando los contribuyentes percibir\u00e1n los reintegros.<\/p>\n<p>Tal y como informaban las principales cabeceras nacionales en sus ediciones de esta semana, En la pr\u00f3xima campa\u00f1a de renta, la Agencia Tributaria (AEAT) ofrecer\u00e1 los datos fiscales incorporando las prestaciones percibidas en 2018 como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles. Los contribuyentes solo tendr\u00e1n que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>La devoluci\u00f3n rondar\u00e1 los 1.200 millones de euros<\/strong><\/h2>\n<p>Seg\u00fan los c\u00e1lculos de la Agencia Tributaria, hay 1.007.814 beneficiarios entre hombres y mujeres, y el coste total de la devoluci\u00f3n rondar\u00e1 los 1.200 millones de euros.<\/p>\n<p>Habr\u00e1 sin embargo una gran diferencia seg\u00fan el sexo debido a la<strong> diferencia en la duraci\u00f3n del permiso, m\u00e1s extenso para mujeres que para hombres<\/strong>: en el caso de la prestaci\u00f3n por maternidad la devoluci\u00f3n media ser\u00e1 de 1.600 euros, en el caso de la de paternidad ser\u00e1 de 383 euros.<\/p>\n<p>Montero ha asegurado que el impacto de la medida en las cuentas p\u00fablicas ya est\u00e1 contemplado y que el c\u00e1lculo y la proyecci\u00f3n sobre los objetivos de d\u00e9ficit no var\u00edan. A\u00f1adi\u00f3 tambi\u00e9n que la exenci\u00f3n se ampliar\u00e1 a los funcionarios que cotizan por mutuas profesionales en lugar de hacerlo mediante la Seguridad Social, lo que har\u00eda aumentar la cifra de beneficiarios hasta los 1.086.000.<\/p>\n<p>Si tienes cualquier duda para pedir la devoluci\u00f3n del IRPF por paternidad o maternidad,\u00a0<strong>en\u00a0<a href=\"https:\/\/50consultores.com\/\">5.0 Consultores Estrat\u00e9gicos<\/a>\u00a0te ayudamos y asesoramos<\/strong>\u00a0para que puedas reclamar una cantidades econ\u00f3micas nada despreciables y que ahora, te corresponden por Ley.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Desde el pasado lunes 3 de diciembre, ya puedes reclamar la devoluci\u00f3n del IRPF por la prestaci\u00f3n de paternidad o maternidad que hayas pagado en los \u00faltimos cuatro a\u00f1os. 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