19 febrero, 2019

Subvenciones para Fomentar la Contratación de Personas con Diversidad Funcional o Enfermedad Mental

por | Subvenciones

Programa de ayudas destinadas a fomentar la contratación de personas con diversidad  funcional severa.

  1. Breve Descripción de la Ayuda y Beneficiarios

Las subvenciones están dirigidas a cualquier entidad empleadora de naturaleza jurídica privada, incluidos los autónomos con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.

EXCLUSIONES:

  • Las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
  1. Características de la Ayuda:

  • La ayuda se otorgará para las contrataciones realizadas a partir del 30/01/2019 para la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa inscritas como demandantes de empleo.

Se consideran personas con diversidad funcional severa, si:

  1. Tienen reconocido un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33 %.
  2. Tienen reconocido un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65 %.
  3. Tengan pluridiscapacidad igual o superior al 33%
  • La contratación debe suponer un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.
  1. TIPO DE INCENTIVO

  • En contratos temporales a jornada completa de personas con diversidad funcional severa y duración de entre 3 y 12 meses: 892,50€ por el número de meses de mantenimiento de contrato.
  • En contratos temporales para la formación y aprendizaje: 787,50€ por el número de meses de mantenimiento del contrato.

Los contratos a tiempo parcial, de al menos 15 horas semanales resultarán  subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

 

  1. Obligaciones de los empleadores

  • Estar al corriente de sus obligaciones de pago de cuotas e impuestos con la seguridad social y con las demás Administraciones Públicas.
  • La persona contratada debe estar inscrito como demandante de empleo en el SERVEF hasta su contratación, salvo en las conversiones de contratos.
  • La persona contratada no debe mantener, con la beneficiaria, una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.
  • Mantenimiento del puesto de trabajo creado al menos hasta  la duración pactada en el contrato.
  • Mantenimiento de la plantilla global durante la vigencia del contrato.

 

  1. PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud de esta ayuda es desde el 30 de enero de 2019 hasta el 20 de septiembre de 2019.

Contactar con nuestro Departamento de Subvenciones.

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