26 marzo, 2020

Acciones adoptadas por la Agencia Tributaria Valenciana (COVID-19)

por | Subvenciones

La declaración del estado de alarma por el COVID ha supuesto las siguientes acciones por parte de la Agencia Tributaria Valenciana:

1.-Se suspende la atención presencial

2.-En relación a los procedimientos tributarios:

-Se amplía hasta el 20 de mayo de 2.020 los plazos que estuvieran abiertos con anterioridad al 18 de marzo de 2.020 y no hubieran concluido para:

a.) plazo de pago de la deuda tributaria en período voluntario y ejecutivo
b.) vencimiento de los plazos y fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos
c.) plazo para atender requerimientos y formular alegaciones

-Se amplía hasta el 20 de mayo de 2.020 o si fuera posterior, hasta la fecha otorgada, los plazos anteriores que se abran a partir del 18 de marzo incluido.
-Se suspende el cómputo de plazos de caducidad y de los plazos de prescripción desde el 18 de marzo de 2.020 hasta el 30 de abril de 2.020.

3.-En relación a la presentación de las autoliquidaciones:

Quedan suspendidos los plazos para la presentación y pago de:

a.)Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
b.)Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
c.)Tributos sobre el juego

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